+8618117273997Weixin
Inglés
中文简体 中文简体 en English ru Русский es Español pt Português tr Türkçe ar العربية de Deutsch pl Polski it Italiano fr Français ko 한국어 th ไทย vi Tiếng Việt ja 日本語

ECE R.19 DISPOSICIONES UNIFORMES RELATIVAS A LA HOMOLOGACIÓN DE LUCES ANTINIEBLA DELANTERAS DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

El presente Reglamento 1/ se aplica a las luces antiniebla delanteras, que pueden incorporar lentes de vidrio o material plástico. Incorpora dos clases distintas.

La luz antiniebla delantera original, clase “B” desde su origen, se ha actualizado para incorporar el sistema de coordenadas angulares con una modificación de los valores en la tabla fotométrica correspondiente. Con esta clase, solo se permiten las fuentes de luz como se especifica en el Reglamento No. 37.

La clase “F3” está diseñada para aumentar el rendimiento fotométrico. En particular, se ha aumentado el ancho del haz y las intensidades luminosas mínimas por debajo de la línea HH (apartado 6.4.3.), al tiempo que se introducen controles sobre la intensidad máxima en primer plano. Por encima de la línea HH, la intensidad de la luz de velo se reduce para mejorar la visibilidad. Además, esta clase puede proporcionar patrones de haz adaptativos donde el rendimiento varía según las condiciones de visibilidad.

La introducción de la clase "F3" establece requisitos que se modifican para que sean similares a los de un faro de la siguiente manera:

(a) Los valores fotométricos se especifican como intensidades luminosas utilizando el sistema de coordenadas angulares.

(b) Las fuentes de luz se pueden seleccionar de acuerdo con las disposiciones del Reglamento No. 37 (fuentes de luz de filamento incandescente) y el Reglamento No. 99 (fuentes de luz de descarga de gas). Diodo emisor de luz
También se pueden utilizar módulos (LED) y sistemas de iluminación distribuida.

(c) Las definiciones de corte y gradiente.

d) Los requisitos fotométricos permiten el uso de distribuciones asimétricas del haz. El presente Reglamento se aplica a las luces antiniebla delanteras de los vehículos de las categorías L3, L4, L5, L7, M, N y T. 2/

LISUN Los siguientes instrumentos cumplen completamente con las DISPOSICIONES UNIFORMES ECE R.19 RELATIVAS A LA APROBACIÓN DE LUCES ANTINIEBLA DELANTERAS DE VEHÍCULOS MOTORIZADOS

Deja un mensaje

Su dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos necesarios están marcados *

=